MANUAL DE AYUDA admisión por continuación de estudios1,4Mb
Para solicitantes que aporten estudios de acceso extranjeros, totales o parciales
Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, Art. 24.4. Cuando los estudios hayan concluido con la obtención de un título extranjero que dé acceso a una profesión regulada en España, la persona interesada podrá optar entre solicitar la homologación por el título universitario oficial español correspondiente o la convalidación de estudios, teniendo en cuenta que ambas posibilidades no pueden solicitarse simultáneamente.